top of page
Buscar
Foto del escritorContaPeru Asesores

RECUPERACIÓN DE CAPITAL INVERTIDO EN VENTA DE BIENES POR PERSONA NATURAL NO DOMICILIADO

Actualizado: 22 sept 2021


“La recuperación del capital invertido constituye una deducción permitida por la ley a fin de establecer la renta neta de los no domiciliados, siendo aplicable solo en el caso que se haya producido los supuestos de enajenación de bienes o derechos o la explotación de bienes que sufran desgaste. De no cumplirse con estos supuestos, será denegada la solicitud”, asimismo la solicitud del certificado a SUNAT debe estar sustentado con los comprobantes de pagos de adquisición y debidamente bancarizado.

JURISPRUDENCIA:



25 visualizaciones0 comentarios

Entradas recientes

Ver todo

Comments


bottom of page